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«La abolición de la prostitución es la única postura consistente con los Derechos Humanos de las mujeres» Helena Hernández

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En entrevista con No Apto, Helena Hernández, jueza de la República, feminista y defensora de los derechos humanos de las mujeres, explicó por qué la prostitución debe denominarse explotación sexual; opinó sobre las nuevas formas de explotación, y calificó de corresponsable al Estado en la desatención y  el aumento de esta problemática.

No Apto: A usted se le reconoce como una experta en la defensa de los derechos humanos de las mujeres. Explíquenos por favor, ¿cómo debería denominarse la prostitución?, ¿trabajo o explotación sexual?

Helena Hernández: Bueno, la prostitución debe conceptualizarse como lo que es: violencia sexual, que en su gran mayoría es ejercida en contra de mujeres y niñas. Y esto antepone una realidad innegable, que es una institución fundacional del patriarcado. De hecho, también es crucial en la reproducción del capitalismo y del modelo neoliberal. Lo digo porque el sistema prostituyente se alimenta de la feminización de la pobreza, también del racismo y realidades que refuerzan esa situación de vulnerabilidad en la que están las mujeres que son explotadas sexualmente. Entonces, cuando vamos a definir la prostitución, lo tenemos que hacer considerando esa caracterización que tiene la gran mayoría de personas que están siendo prostituidas. Por eso decimos que la prostitución es una forma de opresión y explotación económica y sexual de millones de mujeres. Entonces es una forma, principalmente, de violencia contra la mujer.

No Apto: Aún a cielo abierto, la prostitución opera bajo cierta oscuridad normativa ¿Es legal ejercer los denominados “servicios sexuales pagos” en Colombia?

HH: Aquí hay unas antinomias normativas al respecto. Comencemos por los derechos humanos de las mujeres. En el plano internacional hay múltiples instrumentos que señalan la obligación que tienen los Estados por prevenir y sancionar esas conductas que vulneran los derechos de las mujeres: la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW); el Protocolo de Palermo contra la Trata de Personas; la Declaración Universal de los Derechos Humanos; el Convenio de las Naciones Unidas para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena de 1949. Hay mucha normativa internacional que Colombia debe integrar a la normativa interna.

En nuestro Código Penal existe un delito que se llama “inducción a la prostitución”. La existencia de este delito ya es un reconocimiento del daño que representa la prostitución; tanto, que no solo debe desincentivarse, sino que la inducción debe ser sancionada. Sin embargo, en la práctica parece que ese delito estuviera derogado.

Esto ocurre porque en sociedades como la colombiana se ha vendido con mucha facilidad ese discurso falaz del libre consentimiento o la libre elección, incluso frente a la propia explotación sexual. Incluso, las mismas autoridades han replicado esa falta de conocimiento y estos eufemismos que se han ido instaurando en los mismos discursos que a veces se profieren, entonces se habla de “trabajo sexual”, se habla de “oficio”, se habla de “servicios sexuales”, pese a que en nuestro Código Penal es claro el delito de inducción a la prostitución.

Si vamos a lo que ha dicho la Corte Constitucional, esta tiene una sentencia, la C-636 de 2009, en la que analiza la constitucionalidad del delito de inducción a la prostitución bajo un enfoque de derechos humanos desde el marco de derecho internacional; este último es abolicionista. Esa decisión es vinculante pero, el discurso que se ha instalado y que se replica con frecuencia, es que la Corte Constitucional ha hablado de “trabajo sexual”; esto se refiere a una sentencia de tutela, la T-629 de 2010, que resolvió un asunto particular y en el que la Corte puso este eufemismo de “trabajo sexual”; esta sentencia no tiene el mismo efecto vinculante que una sentencia C.

Lo cierto es que este marco confuso, en el que no hay claridad por parte de las autoridades sobre cuándo se está frente a una explotación sexual y cuándo se está frente a trata de personas, ha llevado a que Colombia cumpla con todos los criterios de ser un paraíso para prostituyentes, para tratantes y para explotadores; particularmente, lo que está ocurriendo en Medellín es una muestra de eso.

No Apto: En el mundo se discute sobre la regularización, prohibición y abolición de la prostitución. Desde el feminismo, ¿qué postura es más cercana a los Derechos Humanos de las mujeres?

HH: La única postura que es consistente con los derechos humanos de las mujeres es la abolición de la prostitución, el resto es marketing, anti-feminismo, misoginia o absoluto desconocimiento del problema. Porque es claro que no todas las personas que dicen o que nombran este fenómeno como “trabajo”, como “oficio”, tienen siempre malas intenciones, a veces hay desconocimiento o se ha instalado un discurso tan falaz que se cree genuinamente que esto puede ayudar a las personas en situación de prostitución, pero no es así.

Los datos son muy claros en los tres modelos que tenemos como ejemplos de la forma en la que se puede tratar este tema de la prostitución, y no dejan dudas de que la manera de proteger los derechos humanos de las mujeres es a través del modelo abolicionista. Ya tenemos evidencia de cuál es el modelo que funciona. Hay un marco teórico muy nutrido sobre el cual plantear lo que desde del abolicionismo se conceptualiza de forma muy clara.

No Apto: ¿Qué decirles a las personas que justifican la explotación sexual como un trabajo, porque dicen que es una opción para subsistir, para sobrevivir y que no hay otra para muchas mujeres?

HH: Primero, habría que preguntarles si bajo ese mismo argumento sería aceptable la esclavitud para las personas afro, o si sería lo mismo proponer ese dilema para la compraventa de órganos ¿Sería lo mismo generar ese tipo de soluciones para alguien que tenga unas condiciones socioeconómicas muy bajas? Hay que preguntarse, si yo soy inmigrante y me encuentro en una situación de calle, ¿es para mí una opción renunciar a mi naturaleza humana?, ¿puede ser libre mi decisión de renunciar a mi dignidad? Hay que recordarles a esas personas cómo la historia ha logrado el reconocimiento de los derechos en diferentes momentos y frente a diferentes poblaciones.

Para dar un ejemplo, los derechos humanos de las mujeres no fueron y no han sido reconocidos de la misma forma que los derechos de los hombres. Incluso, los hombres blancos también tienen una distancia frente al reconocimiento de los derechos que los hombres negros han tenido a lo largo de la historia.

Lo anterior para señalar que muchas veces no entendemos por qué la dignidad humana se mira tan distinto dependiendo de quién es el sujeto al que estamos analizando. Aún nos cuesta mirar a las mujeres y niñas en la plenitud de sus derechos y entender el sentido o el real significado de la dignidad humana.

La dignidad humana es esa posibilidad de que a usted siempre lo traten como un fin, no como medio, es decir, es irrenunciable; una persona no puede transar su dignidad humana.

Si entendemos esto, sabemos que este no es un asunto de libertad de elección, como tampoco lo es la venta de órganos, o la esclavitud. Lo que entraña esto es que nosotros aún no vemos en igual dignidad a las mujeres y niñas, así que vemos posible replicar nociones del derecho romano como que la mujer puede ser canjeable o es la extensión de propiedad o de un dominio de un hombre.

Lo que estamos haciendo es replicar esos imaginarios y discriminaciones de la época del derecho romano, pero que ahora lo nombramos con un eufemismo.

No Apto: ¿Qué otros delitos se pueden presentar alrededor de la prostitución y cómo va nuestro sistema judicial en atención a ellos?

HH: La trata de personas es el artículo o el delito que nos define la explotación sexual. La trata de personas con fines de explotación sexual y la prostitución son fenómenos indisociables. La trata significa captar, trasladar, acoger o recibir a una persona con fines de explotación. Por su parte, la explotación es obtener provecho económico o cualquier otro beneficio para sí o para otra persona mediante el cuerpo de alguien.

Cuando hablamos de explotación sexual, ésta se puede dar de muchas formas, por ejemplo, en la prostitución. De hecho, ese mismo delito de trata de personas precisa que el consentimiento dado por la víctima a cualquier forma de explotación no constituye una causal de exoneración de la responsabilidad penal. Nuevamente, esto no es un asunto de consentimiento.

Otros delitos que están dentro del capítulo de la explotación sexual en el Código Penal son la inducción a la prostitución; el proxenetismo con menores de edad; el constreñimiento a la prostitución; el estímulo a la prostitución de menores; la demanda de explotación sexual comercial de personas menores de 18 años; la pornografía con personas menores de 18 años; y otros como la utilización o facilitación de medios de comunicación para ofrecer actividades sexuales con personas menores de 18 años. Es decir, está muy enfocado a menores de 18 años salvo, por ejemplo, la inducción de prostitución, que es para mayores de edad.

Las cifras que tenemos frente a la atención y a los resultados de la Fiscalía y los entes de control al respecto son terribles y esto no es un secreto para nadie. La priorización de la política criminal, la persecución de estos delitos, la prevención y la atención a las víctimas de estos no han sido una prioridad para en el país.

Si vemos a la Corporación Excelencia para la Justicia, que tiene una base de datos referente a los procesos de la Fiscalía, encontramos que nada de este capítulo de la explotación sexual aparece dentro de los primeros delitos que están siendo judicializados. Tampoco dentro de las primeras condenas, ni dentro de los procesos de la mayoría de las personas privadas de la libertad.

Ninguno de los principales delitos por los que hay más personas privadas de la libertad en el país está relacionado con violencias contra las mujeres, lo cual es aterrador si comparamos, por ejemplo, con datos de Medicina Legal frente las violaciones que tenemos de niñas sobre los cuales hay un gran subregistro. Esto nos habla de un negacionismo por parte del Estado colombiano y de una falta de políticas públicas coherentes y consistentes frente a este asunto.

También hay datos preocupantes si nos comparamos con la región. Por ejemplo, en resultados de víctimas rescatadas por trata de personas con fines de explotación sexual por año, Argentina y Perú nos superan en más de cinco veces, cuando lo cierto es que ninguno de esos dos países tiene ni la mitad de los problemas de explotación sexual y de trata de personas que tenemos nosotros.

No Apto: En la actualidad hemos visto el crecimiento de OnlyFans y otros modelos de “autogestión” de un negocio de la sexualidad, ¿qué tan lejos están de la explotación sexual?

HH: Por lo general por la forma en la que se manejan estas plataformas, podríamos decir que es la prostitución 2.0. Es un desastre lo que está ocurriendo y de hecho la pandemia, lastimosamente jugó un papel importante para dinamizar la explotación sexual vía webcam. Lo cierto es que ahí los límites o lo difuso que puede ser la legalidad y la ilegalidad se torna todavía más difícil de establecer, por lo que llegar a la cadena de prostituyentes, tratantes y explotadores es incluso mucho más difícil.

De hecho, yo he tenido un acercamiento directo con sobrevivientes de la trata y de la explotación sexual que en este momento son grandes líderes y defensoras de derechos humanos, como Claudia Quintero, quien tiene un refugio y que ha luchado bastante por las víctimas. Hay algo muy particular que ella me mencionaba y es que las víctimas que han llegado para que se les ofrezca una ayuda de su parte y han estado explotadas vía webcam, tienen traumas incluso mucho mayores a los que habían visto de la prostitución tradicionalmente conceptualizada en entornos físicos.

Las plataformas y entornos virtuales son un nuevo escenario en el que la explotación sexual se normaliza. Estas modalidades hacen que sea más fácil captar mujeres y que los explotadores y tratantes puedan incluso ocultar su identidad a través de Internet o hacerse pasar por empresarios. Entonces, este es un panorama muy desalentador cuando Colombia ya presenta índices muy altos de explotación sexual y de trata de personas, esto no ha sido tenido en cuenta por las autoridades y no ha sido priorizado por el ente acusador colombiano.

No Apto: Nos ha dado una visión muy integral y soportada sobre la abolición, hoy en Medellín hay un grave problema de explotación sexual, incluso de menores. ¿Le parece que el gobierno local ha sido ciego, incluso aliado de este fenómeno por omisión?

HH: Claro que la administración aquí tiene una responsabilidad directa frente a lo que está pasando. O sea, la situación de Medellín es muy grave, aterradora por múltiples aspectos. Primero, como lo he señalado, la normalización de la explotación sexual es apabullante, está a la vista de todos, incluyendo las autoridades. Segundo, lo que es evidente en Medellín es que cada vez hay mayores zonas de prostitución y un aumento innegable de la demanda. Ahora en El Poblado se habla de que se están destinando edificios completos para la prostitución.

La Administración por supuesto es corresponsable de esta situación. Conozco un caso particular del cual me enteré porque la lideresa que lo está atendiendo me lo puso de presente, de una mujer que estaba siendo explotada sexualmente en Medellín, pero no recibió atención por parte de funcionarios de la Administración porque le manifestaron que no había un convenio vigente para ello, para prestar atención frente una posible víctima de trata de personas. La víctima tuvo que desplazarse a otra ciudad para ser atendida y, de hecho, en ese caso se interpuso la respectiva queja a la Procuraduría. Esto pone en evidencia una ausencia de medidas de atención para las víctimas de explotación sexual y para todas las mujeres que están en estos contextos de prostitución, así como a las víctimas y a las potenciales víctimas de trata.

También es evidente porque aquí no tenemos refugios para las víctimas de trata. Es necesario crear y materializar programas de búsqueda activa de víctimas. ¿Dónde están?, ¿qué atención están recibiendo? Según la Procuraduría, Medellín reporta una cantidad grandísima de víctimas identificadas que no coincide con el número de casos atendidos y anunciados. ¿Dónde están? Esto es realmente preocupante.

Otro punto, por lo cual es claro que aquí hay una gran responsabilidad de la administración, es que hay una separación entre el sector privado y la administración en este aspecto, y esto se evidencia en la inexistencia de planes y de estrategias para prevenir y sancionar la explotación sexual, para desincentivar la demanda. Incluso Cartagena tiene muchas más medidas que Medellín. Cartagena tiene campañas donde están realmente comprometidos el sector hotelero, los empresarios del turismo y el gobierno local. La administración debe tomar medidas para desactivar la demanda, los mal llamados clientes.

No apto: ¿Qué hay de la otra parte, de la ciudadanía? Existen en Medellín movimientos que defienden los “derechos” de las mujeres a prostituirse, ¿cómo discutir sanamente con estas personas?

HH: Hoy se escuchan muchos discursos para continuar y normalizar la explotación sexual por ser de “libre elección”. Pero entonces hay que plantearles a esas personas que realmente están en un error, aunque crean que eso puede ser lo mejor para las personas prostituidas, que se les va a generar derechos laborales. Tenemos que decirles que regular o reglamentar la prostitución como si fuera un “trabajo” u “oficio” es una ficción. Esto es creer que regularlo mejoraría las condiciones de las mujeres prostituidas. Pero hay evidencia de que esto es absolutamente falso.

Por ejemplo, Alemania fracasó rotundamente en esta materia. Hoy en día hay serios cuestionamientos que reclaman voltear su mirada hacia un modelo abolicionista. Hace más de 20 años Alemania reguló la prostitución como un trabajo. Hoy tienen el peor panorama posible en Europa. Las condenas por trata y por explotación sexual disminuyeron en más de 80%, las víctimas rescatadas disminuyeron y no porque no existan, por el contrario, empezó a pasar lo que pasa hoy en Colombia: se vuelve invisible esa línea de acción para las autoridades, hasta el punto de paralizarse. Los pocos procesos penales que llegan, muchos terminan en impunidad, porque por supuesto, las víctimas, las mujeres explotadas, no declaran por temor, y se pone toda la carga probatoria sobre ellas.

Los proxenetas son vistos como empresarios hoteleros que alquilan habitaciones a las llamadas “trabajadoras sexuales”. Hoy Alemania es considerada el burdel de Europa. Casi el 100% de las mujeres prostituidas son extranjeras ilegales, provenientes de los países más pobres de Europa y del mundo.

Esta realidad que estamos hablando también se replica en Colombia. Eso pasa cuando la realidad se regula como ficción. Yo espero que tanto hombres como mujeres entendamos que una de las razones que impide ver la prostitución como una violencia cercana a mi o cercana a la otra, es porque siempre la mujer prostituida es la de lejos, la diferente, la que no me incumbe. No soy yo la juez, no es usted la médica, no es su madre, no es su hermana, no es mi hija, no es su esposa.

En Alemania también sucede lo mismo. No son las alemanas, son las de afuera y en Colombia a veces son las venezolanas o a veces las colombianas, pero son las pobres o las personas que “no me importan”, son las invisibles, son las nadies. Entonces nunca es un fenómeno que realmente me esté afectando a mí directamente o a la persona que yo quiero y que yo veo en igualdad de derechos.

Aquí confluye lo que decía en un inicio: el racismo, el clasismo, la exclusión, todas las discriminaciones posibles confluyen además con la opresión por el hecho de ser mujer. A las personas que creen que esto puede regularse, podemos mostrarles que no es posible con un ejemplo claro como Alemania y, por el contrario, señalarles ejemplos como Francia y Suecia, países que conceptualizan adecuadamente la prostitución como violencia sexual y que han tenido resultados reales frente a la protección de esas mujeres y frente a la desarticulación y a la sanción de prostituyentes, proxenetas y tratantes.

Realizada por Pablo Estrada y Daniel Alzate para No Apto.

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