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Juan David Correa

Petro, el expropiador

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"Además, a Petro, el expropiador, habría que recordarle que el artículo 34 de la constitución política de Colombia, que él dice que supuestamente defenderá e implementará realmente en su eventual gobierno, prohíbe la pena de destierro y confiscación, excepto en los casos de enriquecimiento ilícito."

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Habían pasado escasas 24 horas después de conocidos los resultados de las consultas presidenciales del pasado domingo 13 de marzo y ya los ganadores y otros candidatos habían sido citados al primer debate en el que el candidato de izquierda Gustavo Petro armó la polvareda con su polémica propuesta de hacer uso, expropiar o, como a él le gusta decirlo, “democratizar” el ahorra pensional de los colombianos. Las argumentaciones de sus peligrosas ideas están llenas de falsedades que son necesarias desmentir porque cuando una mentira es repetida mil veces se convierte en verdad.

En primer lugar, en el debate, el candidato propuso expropiar, ya que decirlo de otra manera serían eufemismos, 18 billones de pesos de los ahorros de los colombianos con el fin de financiar un subsidio o bono pensional de $500.000 para los adultos mayores sin pensión en Colombia. Literalmente, el candidato expresó que “en lugar de tener fondos privados de pensiones con cotizaciones para ahorro individual, usted manda esa plata a un fondo público. Con esa plata se paga inmediatamente las actuales pensiones que hoy está pagando el Estado”. Esta idea se acerca al ideario del líder comunista chino Mao Tse Tung, quien afirmaba que “los gastos del gobierno tenemos que cubrirlos con expropiaciones”.

En el momento en el que se le corrige al candidato sobre la verdadera naturaleza del ahorro pensional de los colombianos y se le informa que son recursos privados, él responde: “¿Ah es que usted cree que la cotización que crea la ley, que es un parafiscal, no es dinero público? Es dinero público mi amigo”. Pues yo le respondería, mi amigo, mi camarada, estos recursos, por definición del artículo 13 de la ley 100, no son recursos públicos o de propiedad estatal. No son parafiscales propiedades de la nación, como explícitamente lo expresó el líder de izquierda, apoyado además por el partido comunista de Colombia.

Además, a Petro, el expropiador, habría que recordarle que el artículo 34 de la constitución política de Colombia, que él dice que supuestamente defenderá e implementará realmente en su eventual gobierno, prohíbe la pena de destierro y confiscación, excepto en los casos de enriquecimiento ilícito. Por tanto, nuestros ahorros pensionales, los 358 billones de pesos que constituyen los ahorros de millones de colombianos, al no ser de enriquecimiento ilícito, usted, mi amigo Petro, constitucionalmente está impedido para desterrarnos de estos ahorros, confiscarlos o expropiarlos.

A mi amigo Petro, habrá que recordarle entonces, que el famoso economista francés Thomas Pikkety, a quien él tanto admira y quien propone un impuesto a la herencia de hasta el 90%, dijo que los sistemas de capitalización, que Petro tanto ataca, son superiores a los sistemas de reparto.

Como lo expresó la ANIF esta semana, las afirmaciones de Petro sobre las pensiones son preocupantes y engañosas y no se sabe si así lo fueron por desconocimiento del tema o por una intención deliberada de confundir a la gente en un tema que es muy sensible socialmente y, al mismo tiempo, complejo técnicamente.

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