El día de ayer, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) publicó imágenes de Rodrigo Londoño, alias Timochenko, excomandante de las FARC-EP, construyendo estructuras con ramas de bambú como parte del cumplimiento de la sanción impuesta por ese tribunal, tras ser declarado máximo responsable de más de 21.000 secuestros cometidos por las FARC-EP durante el conflicto armado colombiano.
Si bien aplaudo que esté cumpliendo con la “pena” impuesta por este tribunal, sí considero que debemos preguntarnos si las sanciones propias que impone la JEP son suficientes para garantizar los derechos de las víctimas a la justicia, la verdad y la no repetición, especialmente el primero y el último. Entiendo que la justicia transicional no puede medirse con los mismos parámetros de la justicia penal ordinaria y que sus sanciones persiguen también objetivos restaurativos. Sin embargo, cuando la respuesta frente a crímenes de semejante gravedad prescinde de la prisión y reduce considerablemente su componente retributivo, resulta legítimo preguntarse si ese modelo satisface realmente las exigencias mínimas de justicia o si, por el contrario, corre el riesgo de acercarse demasiado a aquello que precisamente pretendía evitar: la impunidad. La pregunta cobra aún más relevancia cuando, en los últimos días, se ha discutido la posibilidad de reducir el presupuesto de este tribunal en alrededor de 170 mil millones de pesos.
Como colombianos, creo que debemos aceptar una realidad dolorosa: la JEP no ha cumplido su cometido. Después de casi ocho años de funcionamiento y de haber dispuesto, según cifras citadas por la senadora María Clara Posada, de alrededor de 3,8 billones de pesos entre 2020 y 2026, sus resultados deben ser objeto de un escrutinio particularmente riguroso. Al cierre de 2025, la propia Jurisdicción reportaba 333 imputaciones, mientras que sólo recientemente comenzaron a producirse las primeras sentencias de fondo. Ante semejante inversión de recursos públicos, resulta legítimo preguntarse si los resultados obtenidos hasta ahora corresponden a las expectativas de justicia con las que fue creada.
Adicionalmente, vale la pena preguntarnos si las sanciones impuestas por este tribunal guardan proporción con la magnitud de los crímenes cometidos. A mi juicio, resulta un exabrupto que quien fue identificado como máximo responsable de más de 21.000 secuestros enfrente una sanción que no contempla prisión y que se materializa, entre otras medidas, en la ejecución de proyectos restaurativos. La justicia transicional tiene, por supuesto, una lógica distinta de la justicia penal ordinaria; pero reconocer esa diferencia no significa renunciar a una pregunta elemental: ¿puede hablarse realmente de justicia cuando la gravedad de la sanción parece tan distante de la gravedad de los crímenes que pretende castigar?
Para dimensionar ese contraste basta mirar otros precedentes de la justicia penal internacional. Ratko Mladić, comandante del Ejército de los Serbios de Bosnia y conocido como el “carnicero de Bosnia”, fue condenado por el Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia por genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra. Su condena fue la cadena perpetua. Por supuesto, hablamos de tribunales distintos, creados en contextos diferentes y bajo modelos de justicia que no son directamente equiparables. Pero la diferencia resulta difícil de ignorar: mientras la justicia penal internacional respondió a atrocidades de semejante gravedad con la máxima pena disponible, en Colombia quien carga con responsabilidad por miles de secuestros cumple una sanción sin prisión. Esa distancia es, precisamente, la que debería obligarnos a discutir si en nuestro afán por alcanzar la paz no terminamos sacrificando demasiado de aquello que también prometimos a las víctimas: justicia.
Eso no significa que la solución sea acabar anticipadamente con la JEP. El Estado debe permitirle culminar el periodo para el cual fue creado y cumplir, como recientemente manifestó el ministro de Justicia, Iván Cancino, los compromisos constitucionales y legales que adquirió en el marco del proceso de paz. Pero también debe exigirle resultados. A mi juicio, casi ocho años han dejado al descubierto una institución paquidérmica, costosa e ineficiente. Por eso, extender su existencia simplemente porque no alcanzó a cumplir dentro del tiempo previsto sería tanto como premiar su falta de resultados: convertir su propia lentitud en la justificación para otorgarle más tiempo, más recursos y una nueva oportunidad para hacer aquello que precisamente debía haber hecho durante los años que ya tuvo.
La paz exigía compromisos y el Estado debe honrarlos; lo que no exige es convertir una jurisdicción transitoria en permanente. Cumplidos sus términos, habrá que evaluar qué hizo, qué dejó de hacer y, sobre todo, qué ocurrió con los derechos de las víctimas. Y allí donde frente a los crímenes más graves no exista una investigación o un juzgamiento genuinos, deberán operar, cuando jurídicamente corresponda, los mecanismos de la justicia penal internacional, incluida la Corte.
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